De acuerdo con lo establecido por la Ley 1625 de 2013, el AMB tiene dentro de sus competencias la de programar y coordinar el desarrollo armónico, integrado y sustentable de los municipios que la conforman; y en este contexto ha contribuido de forma activa en la conformación del territorio, mediante el liderazgo en los procesos de planificación enmarcados dentro del componente físico territorial del Plan Integral de Desarrollo Metropolitano, estableciendo políticas, planes y proyectos de aumento, mejoramiento, cualificación del espacio público, parques, zonas verdes y deportivas y en cumplimiento a las funciones y competencias como autoridad ambiental urbana en los municipios del AMB establecidas en el acuerdo metropolitano No. 031 de 2014.
Como esquema de desarrollo programático, el Área Metropolitana de Bucaramanga, cuenta dentro del citado plan integral de desarrollo metropolitano PIDM dime tu plan 2016-1026, con el COMPONENTE ESTRATÉGICO 4. SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES, su LÍNEA ESTRATÉGICA 11. ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO y el programa 37. REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, encaminados a reducir los posibles impactos generados por las situaciones de riesgo existentes en el AMB, en el marco de la planificación del desarrollo seguro y la gestión ambiental territorial sostenible.
De igual forma, a través del Programa de ASENTAMIENTOS HUMANOS RESILIENTES del Plan de acción, el Área Metropolitana de Bucaramanga pone en marcha políticas, planes y programas integrados para garantizar el derecho a la vivienda asequible, accesible, eficiente, segura, resiliente, bien conectada y bien ubicada, teniendo en cuenta los aspectos de inclusión, el uso eficiente de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación a él y la resiliencia ante los desastres; y desarrollar y poner en práctica en consonancia con el Marco de Sendai para la reducción del riesgo de desastres 2015-2030, la gestión integral de los riesgos de desastres a todos los niveles.
De acuerdo con la ley 1523 de 2012 por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el sistema nacional de gestión del riesgo de desastres, la gestión del riesgo es un proceso social orientado a la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, estrategias, planes, programas, regulaciones, instrumentos, medidas y acciones permanentes para el conocimiento y la reducción del riesgo y para el manejo de desastres, con el propósito explícito de contribuir a la seguridad, el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible.
La Gestión del Riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano. Los habitantes, son corresponsables de la gestión del riesgo, actuarán con precaución, solidaridad, autoprotección, tanto en lo personal como en lo de sus bienes, y acatarán lo dispuesto por las autoridades.
En cumplimiento de esta responsabilidad, en el marco de sus competencias, y como componente del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, el AMB desarrolla en su área de jurisdicción, acciones orientadas al:
- Conocimiento del riesgo metropolitano
- Reducción del riesgo metropolitano
- Manejo de Desastres