El Área Metropolitana de Bucaramanga, en su condición de Autoridad Pública de Transporte y en atención a la noticia que circula por los medios de comunicación sobre la realización de protestas por parte del gremio de taxistas, se permite poner en conocimiento de la opinión pública lo siguiente:
1. Teniendo en cuenta las diversas dudas e inquietudes presentadas por el gremio de taxistas, se llevó acabo una reunión el pasado 13 de febrero en las instalaciones de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, en la que estuvo presente los representantes de las asociaciones y agremiaciones de la modalidad de servicio público de transporte individual de pasajeros, funcionarios de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, Superintendencia de Puertos y Transportes, la Policía Nacional y el Área Metropolitana de Bucaramanga, dándose un marco propicio para que los representantes del gremio de taxistas expusieran la problemática relacionada con seguridad social, transporte informal, taxímetros y radio de acción municipal.
2. En el desarrollo de dicha reunión, se pudo aclarar por parte de las autoridades de conformidad con su competencia el marco legal que sirve de soporte para el control que se está llevando a cabo en vía.
3. En lo relacionado con los temas de competencia de esta autoridad de transporte, se explica que al ser la Tarjeta de Control un documento que soporta la operación del equipo, todo conductor de taxi debe llevarla dentro del vehículo, exigencia normativa que se encuentra encausada dentro de los principios rectores del transporte, como lo es la seguridad de los usuarios. Frente al radio de acción, se ilustra a los presentes sobre la reciente decisión del Tribunal Administrativo de Santander en de la Acción de Cumplimiento dentro del expediente 680013333009-2017-00327-02, en el que se indica que sólo es posible para aquellos vehículos que tienen tarjeta de operación metropolitana la libre circulación por los municipios que integran el área metropolitana, y que en los municipales sólo lo pueden hacer dentro de la jurisdicción del municipio que las expide. Bajo la condición normativa de que ninguna autoridad de transporte podrá autorizar servicios de transporte con un radio de acción diferente al de su jurisdicción, revocando la sentencia de primera instancia y declarándose improcedente la acción impetrada.
4. Es interés del Área Metropolitana de Bucaramanga fortalecer la prestación de un servicio público con calidad, comodidad y seguridad a los usuarios, y en esta tarea estamos en toda la disponibilidad de recibir a los representantes de taxistas, propietarios, conductores y empresas; por lo cual se invita para que dentro de un marco de concertación y dialogo se superen las inquietudes y no se acuda a medidas de hecho que afectan en gran medida la movilidad y la seguridad de los usuarios.
Oficina de Prensa y Comunicaciones / AMB/