AMB y Secretaría de Salud sellan dos moteles por no cumplir normas biosanitarias y ambientales

Bucaramanga, agosto 14 de 2014: Por incumplir las normas en materia biosanitaria y ambiental, funcionarios de la Subdirección Ambiental del Área Metropolitana en asocio con personal de la Secretaría de Salud y Ambiente, ordenaron el sellamiento de dos moteles de Bucaramanga.

 

Las medidas se tomaron bajo las exigencias contempladas en el Decreto 351 de 2014, que desde el pasado mes de febrero hace requerimientos similares a los instituciones del sector salud a establecimientos comerciales como moteles, residencias y casas de lenocinio.

 

Alberto Castillo, abogado de la Subdirección Ambiental del AMB sostuvo que los moteles afectados con estas medidas son: Los Faraones y Rey de Corazones, localizados sobre la vía que conduce al municipio de Rionegro y la Costa Caribe.

 

Ambos fueron cobijados con medida preventiva consistente en sellamiento parcial por incumplir las normas vigentes sobre gestión de residuos sólidos en atención en salud.

 

El funcionario indicó igualmente que la razón fundamental del operativo era constar el cumplimiento de exigencias  formuladas hace un mes y de acuerdo con la inspección determinar cuáles requerían ampliación del plazo y cuáles no mostraban ningún avance y por lo tanto se convertían en objeto de medidas de seguridad.

 

 

“Se trata de acciones de seguimiento y control en cumplimiento de las funciones del AMB como autoridad ambiental urbana a establecimiento que completan un macroproceso de gestión de gestión integral de residuos hospitalarios”. dijo

 

El abogado Alberto Castillo informó igualmente que los establecimientos incluidos en la norma de carácter ambiental y biosanitario, deberán presentar un  Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, PGIRs, para su aprobación por parte de la autoridad ambiental y verificado constantemente por la Secretaria de Salud.

 

Así mismo manifestó que se tendrá que acondicionar un cuarto de almacenamiento para residuos biosanitarios como preservativos, toallas higiénicas y papeles impregnados con semen o fluidos vaginales.

 

Dichos cuartos deberán estar enchapados de piso a techo, contar con una puerta segura, y abastecimiento de agua.

 

Indicó así mismo que en las habitaciones deberá existir un recipiente para residuos biosanitarios de color rojo y otro para residuos ordinarios o reciclables.

 

Diligencias similares se llevaron a cabo en moteles y residencias del sector de la carrera 18 con calles 54 y 55, pero allí se corroboró que tales establecimientos si cumplían cabalmente con las exigencias legales.

 

Incluye entrevista con el Abogado Alberto Castillo de la Subdirección Ambiental del AMB

 

 

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