Bucaramanga, septiembre 18 de 2014: Por violar el debido proceso a un particular, ejercer competencias que no le corresponden y desconocer la vigencia plena del acto administrativo mediante el cual el Área Metropolitana de Bucaramanga se constituyó en autoridad ambiental urbana, la juez Sexta Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, Ileana Duarte Pulido, falló una acción de tutela en contra de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de Bucaramanga, CDMB.
En su sentencia expedida en las últimas horas, la funcionaria judicial deja sin efectos el auto con el que la CDMB aplicó una medida preventiva consistente en suspensión de actividades de movimiento de tierra, relleno y nivelación en un terreno de propiedad de la firma Giga Ingeniería y Construcciones S.A.S., localizado en inmediaciones de la central de Abastos, sobre la vía Palenque – Café Madrid, zona urbana de Bucaramanga.
En la misma providencia, la autoridad judicial le ordena al Director de la CDMB, Ludwing Arley Anaya Méndez o a quien haga sus veces, “a que remita por competencia al Área metropolitana de Bucaramanga, AMB, la actuación administrativa o expediente sancionatorio mediante el cual impuso la medida preventiva”.
Igualmente, la Juez Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento requiere a la Directora del Área Metropolitana,. Consuelo Ordóñez de Rincón, para que “ejerza las funciones ambientales, tales como llevar el control de la medida preventiva de suspensión provisional de actividades de movimientos y rellenos de tierra, así como la intervención del componente arbóreo realizados en el proyecto de adecuación del lote” contiguo a la Central de Abastos.
LOS HECHOS
El 27 de agosto del presente año, funcionarios del Grupo Élite Ambiental de la CDMB llegaron hasta el lote en cuestión y sellaron la obra que se adelantaba en el lugar con un aviso de “Cierre Temporal” por violación a la normatividad ambiental”, a pesar de que la empresa propietaria ya había adelantado trámites ante el AMB para intervenir dicho lote, por considerarla como la autoridad competente.
Por lo anterior y con el precedente de que la CDMB se negaba a dejar sin efecto la medida, el Representante legal de la empresa intervenida, Nicolás Mantilla Reinaud, acudió a la figura de la Acción de Tutela para solicitar una “intervención excepcional” de la justicia, porque al no tener la competencia legal, la CDMB le violaba el derecho fundamental al debido proceso.
LOS ARGUMENTOS DERROTADOS
La Juez del caso desvirtuó una a una las razones esgrimidos por la CDMB para preservar su actuación y desconocer flagrantemente la competencia del AMB.
Ante el argumento de que “el Acuerdo Metropolitano 016 de 2012 se encuentra demandado y el Consejo de Estado no se ha pronunciado sobre la legalidad de dicho Acuerdo, y que por ello la Cdmb debe continuar siendo la autoridad ambiental para la jurisdicción, el despacho judicial es contundente al afirmar que:
“En consecuencia, la competencia para otorgar licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones para el ejercicio de las actividades o al ejecución de obras dentro del municipio de Bucaramanga corresponde AL ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA y no a la CDMB, dado que si bien este acuerdo ha sido demandado, vale recordar que no ha sido objeto de suspensión por medida provisional y aún más, ha sido denegada en primera instancia la solicitud de declaratoria de nulidad que en su contra impetrare la CDMB y otros ciudadanos, en tanto que mientras el Consejo de Estado, a donde fue remitida para surtir la alzada, no lo declare nulo, el Acuerdo en ciernes se mantendrá vigente”.
Al ser consultada sobre esta decisión histórica, la Directora del AMB, Consuelo Ordóñez de Rincón, expresó que: «Esto lo que demuestra es que la Junta Metropolitana actuò correctamente y conforme a la Constitución y a la Ley y corrobora que nosotros hemos orientado ese mandato para defender nuestros recursos naturales, cuidar los ecosistemas estratégicos y planificar el desarrollo con el tema ambiental como eje articulador del desarrollo sostenible en los cuatro municipios de nuestra jurisdicción. Ojalá este nuevo fallo haga entrar en razón a los directivos de la Cdmb para dejar a un lado las disputas y concentrarnos en nuestro quehacer institucional trabajando articulada y coordinada».
La funcionaria sostuvo que este fallo de tutela deberá servir para sentar jurisprudencia y guiar infinidad de casos que se habían convertido en litigios judiciales sin solución a la vista, que además de generar incertidumbre entre los ciudadanos y conflictos entre las instituciones, estaban generando un desgaste innecesario de recursos logísticos, humanos y técnicos y en un riesgo inminente para los recursos naturales.
SE ANEXA FALLO (PARTE RESOLUTIVA)