Pregunta | Respuesta |
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¿Qué es Catastro? | Es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional, de dominio público o privado, independiente de su tipo de tenencia, el cual debe estar actualizado y clasificado con el "fin de lograr su identificación física, jurídica y económica con base en criterios técnicos y objetivos. |
Aspecto físico | Consiste en la identificación, descripción y clasificación del terreno y de las edificaciones del predio, sobre documentos gráficos, tales como cartas, planos, mapas, fotografías aéreas, ortofotografías, espacio- mapas, imágenes de radar o satélite u otro producto que cumpla con la misma función. Es la identificación y toma en terreno de las medidas que permiten determinar las áreas de terreno y construcción, los linderos de los predios, así como la determinación de las variables que se tienen en cuenta para la calificación de las construcciones (calificación propiamente dicha, usos y destinos). |
Aspecto jurídico | Consiste en indicar y anotar en los documentos catastrales la relación entre el sujeto activo del derecho, o sea el propietario o poseedor, y el objeto o bien inmueble, mediante la identificación ciudadana o tributaria del propietario o poseedor, y de la escritura y registro o matrícula inmobiliaria del predio respectivo. |
Aspecto económico | Determinación del avalúo catastral de un predio |
¿Qué tramites Catastrales se pueden realizar en el Área Metropolitana de Bucaramanga? | Autoavaluo catastral |
¿Qué es el certificado catastral? | Documento que permite consultar el aspecto físico, jurídico y económico de los inmuebles inscritos en la base de datos catastral. Comprende información referente a: propietario o poseedor, croquis del predio, avalúo (s) y nomenclatura, áreas dé terreno y construcción, entre otros. Este certificado solo se le expedirá a quien esté legitimado para solicitar la información, conforme a lo establecido en la presente resolución través de los medios dispuestos por el Área Metropolitana de Bucaramanga para tal fin y deberá aportar el recibo de pago conforme a las tarifas establecidas. |
¿Mi predio tuvo cambios en el aspecto físico, jurídico y/o económico ¿Qué debo hacer? | Estos cambios se clasifican como mutaciones catastrales, por lo cual se deben solicitar en los puntos de atención de Catastro ubicado Calle 89 Transversal Oriental Metropolitana – 69 Centro de Convenciones Neomundo – Piso 3, Bucaramanga, Santander, Colombia |
¿Qué es una mutación catastral? | Son los cambios que se presentan en los componentes físico, jurídico o económico de un predio. |
¿Qué clasificación tienen las mutaciones? | a) Mutaciones de primera clase: Las que ocurran respecto del cambio de propietario o poseedor; |
¿Qué término para ejecución de las mutaciones? | Las mutaciones se realizarán en un término máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud con los documentos pertinentes enunciados en la resolución 109 del 28 de enero de 2020 o de la información registral. |
¿Cómo se realiza la inscripción de mejoras por construcciones o edificaciones en predio ajeno? | Se identificarán e inscribirán en el catastro las construcciones o edificaciones sobre un terreno ajeno o sobre una edificación ajena y se establecerán tantas fichas prediales independientes como haya lugar, a nombre de quienes se acrediten como propietarios o poseedores de cada uno de estos. |
¿Qué es una rectificación? | Se entiende por rectificación la corrección en la inscripción catastral del predio, en los siguientes casos: |
¿Cómo es la numeración y control de solicitudes de trámites catastrales? | Las solicitudes de mutaciones, rectificaciones, complementaciones, modificaciones y cancelaciones se radicarán en el orden cronológico en que se reciban, en un sistema de registro de numeración y control diseñado por las autoridades catastrales. |