AMB sustituiría a la CDMB como autoridad ambiental

El Congreso de la República está a punto de aprobar un proyecto de Ley que promete darle un giro de 180 grados a la forma como viene administrándose y planificándose la ciudad: la reforma al régimen de Áreas Metropolitanas.

La iniciativa gubernamental fue presentada en septiembre del año pasado con el objetivo de fortalecer estas entidades, que para muchos expertos, urbanistas e incluso funcionarios, se han quedado cortas a la hora de cumplir su meta de planificar el desarrollo de las ciudades.

El resultado fue una iniciativa legislativa que, según sus promotores, le da soporte jurídico a estas entidades, garantiza una mayor inyección de recursos y define nuevas competencias y funciones.

La propuesta, sin embargo, no ha estado exenta de polémica, pues tal y como fue aprobada en la Comisión Primera del Senado, le daría al Área Metropolitana de Bucaramanga la función de autoridad ambiental, así como la responsabilidad de formular, adoptar e implementar los planes de protección del medio ambiente, del manejo de cuencas y de la estabilización de taludes en los cascos urbanos de los cuatro municipios.

En otras palabras, asumiría la mayoría de las funciones que actualmente ejerce la Corporación Autónoma para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, Cdmb, entidad que solo quedaría con jurisdicción en las zonas rurales y en las localidades aledañas al área metropolitana.

Además, le quitaría a la corporación el 90% de su presupuesto, pues se destina un 2 por mil de la base del predial para la financiación de estas entidades, pero como por Ley no se le puede cobrar a los ciudadanos más del 2,5 por mil, lo que terminaría sucediendo es que los recursos que reciben las CAR por la sobretasa ambiental pasarían a manos de las áreas metropolitanas.

La iniciativa está siendo debatida en la Plenaria del Senado, donde ha tenido un trámite lento, y todavía le faltan dos debates más en la Cámara de Representantes para convertirse en una Ley de la República.

Voces de rechazo

Como era previsible, el proyecto de ley no ha caído bien en un sector que cree que la Cdmb tiene que seguir ejerciendo su función como autoridad ambiental en la ciudad, entre ellos los funcionarios de la misma corporación, quienes aseguran que nadie está más preparado que ellos para labores como el control de la erosión, el mantenimiento de las cuencas y la protección del medio ambiente.

La otra preocupación corre por cuenta del presupuesto, pues los $25 mil millones que recibe al año la Cdmb por concepto de sobretasa ambiental de los municipios del área pasarían a ser administrados por el Área Metropolitana de Bucaramanga, mientras que la corporación solo recibiría los $460 millones que llegan de los municipios aledaños.

Según Carlos Alberto Suárez Sánchez, subdirector de Ordenamiento y Planificación Integral del Territorio de la Cdmb, esta corporación quedaría en teoría encargada del control ambiental en zona rural, pero con ese presupuesto “es imposible hacerlo de manera responsable (pues el territorio a cubrir es muy grande y complejo). Además, no tiene sentido separar el manejo ambiental urbano del rural, tiene que trabajarse de manera integral en una misma entidad (un ejemplo son las cuencas hidrográficas, que están en zona rural, pero afectan los cascos urbanos)”.

El Subdirector agregó además que “se puede caer en el error involuntario de darle más importancia a lo urbano y descuidar lo rural” y comentó que, en su opinión, hay una contradicción, pues “cuando le quitaron a la Cdmb el manejo del alcantarillado se argumentó que la entidad encargada de lo ambiental tenía que dedicarse únicamente a lo ambiental. Ahora le dan esa responsabilidad al AMB, una entidad que tiene muchas otras (y muy importantes) responsabilidades”.

AMB defiende la propuesta

Por su parte, la Directora del Área Metropolitana de Bucaramanga, Consuelo Ordóñez de Rincón aseguró que las razones para el cambio son técnicas y no políticas y argumentó que la principal razón es que la planificación del desarrollo no se puede desligar de la planificación ambiental: “Técnicamente, es mucho mejor que las dos funciones las haga la misma entidad, pues se hace un proceso más integral y eficiente”

Ordóñez de Rincón aseguró además que no es cierto que se vaya a priorizar el sector urbano, ni que vaya a haber un detrimento en el control ambiental, y citó el caso de Medellín, donde el Área Metropolitana reemplazó a Corantioquia como autoridad ambiental en el casco urbano hace varios años.

“Es claro que no se puede desligar la ciudad de la región… por eso se propone que las dos entidades trabajen de manera coordinada, seguramente el AMB invertirá buena parte de sus recursos en el sector rural, como sucede en Medellín”, manifestó la Directora del Área Metropolitana de Bucaramanga.

Ordóñez de Rincónagregó que el cambio será similar al que se dio cuando se acabó el Inderena y las CAR asumieron sus funciones: “Lo que se prevé es que los funcionarios y los procesos urbanos que sigue la Cdmb pasen a manos del Área Metropolitana, no se desconoce que ellos son los que tienen el conocimiento y la experiencia, ellos seguirán aportando, pero desde el AMB”.

Frente a los temores de que entidades que han tenido tantas críticas en los últimos años como las áreas metropolitanas asuman tantas responsabilidades, Ordóñez de Rincón contestó: “El problema ha sido por falta de recursos, pero eso es lo que busca esta ley, brindar más recursos y herramientas”.

La Directora del AMB recordó que cuando Félix Jaimes Lasprilla fue su director, “la entidad cumplió una destacada labor debido a que había presupuesto para ejecutar”.

Novedades de la Ley

Se aumentan y fortalecen las competencias que estarán a cargo de las áreas metropolitanas, que no solo estarán encargadas de la planificación del territorio, sino de todo el desarrollo de los municipios. En este caso, la entidad ejercerá funciones como autoridad o como ente planificador en áreas como el medio ambiente, transporte público, servicios públicos y vivienda.

Las Áreas Metropolitanas se podrán integrar tanto por municipios de un mismo departamento, como por municipios pertenecientes a varios departamentos. Esto se podría aplicar, por ejemplo, con Barrancabermeja y los municipios del Magdalena Medio.

Habrán Consejos Metropolitanos. Se abandona el concepto de alcalde metropolitano y se reemplaza por el de “Presidente de la Junta Metropolitana”, el cual será ejercido por el Alcalde del núcleo (en este caso Bucaramanga).

Las Áreas Metropolitanas no podrán destinar más del diez por ciento (10%) de su presupuesto anual para sufragar gastos de personal.

 

Difícil trámite en el Congreso

A pesar de los beneficios que según sus promotores traería el proyecto, la propuesta ha tenido un difícil paso por el Congreso, especialmente en el Senado, donde ya se ha presentado en seis plenarias y aún no ha sido aprobada.

De hecho, esta redacción pudo conocer que un grupo de congresistas, cercanos a los intereses de las CAR del país, están promoviendo una proposición para que solo las áreas metropolitanas con más de 2 millones de habitantes ejerzan como autoridad ambiental, hecho que excluiría a Bucaramanga.

Esto incluso iría más allá de la actual legislación, que le brinda esa responsabilidad a las áreas con más de un millón de habitantes (por eso el Área Metropolitana del Valle de Aburrá ejerce como autoridad ambiental), pero en el caso de Bucaramanga aún no aplica, pues en el último censo la ciudad aún no llegaba a esa población.

Defensores del proyecto original indicaron que este cambio le quitaría a las áreas metropolitanas una importante fuente de recursos y advirtieron que la proposición “sólo tiene intereses particulares”.

Por su parte, Ordóñez de Rincón aseguró que, en su opinión, excluir a las áreas con menos de 2 millones de habitantes es un error, porque “se le dan más funciones y responsabilidades a las áreas metropolitanas, pero no se les inyectan más recursos”. En otras palabras, la ley, en vez de ser un remedio, terminaría haciendo un peor daño a las áreas del país.

 

Así se financiarían las Áreas Metropolitanas

Estas serían algunas de las formas de financiación que están previstas con el proyecto de ley:

Con la sobretasa del dos por mil (2×1.000) sobre el avalúo catastral de los inmuebles ubicados en la jurisdicción de la respectiva Área Metropolitana. Esto sólo si esta entidad ejerce la autoridad ambiental.

El porcentaje de los aportes de participación que establezcan los acuerdos municipales.

El cobro de la contribución de valorización metropolitana para realizar obras de carácter metropolitano.

Los recursos provenientes de tasas, tarifas, derechos, multas o permisos que perciba en ejercicio de la autoridad de transporte.

Las partidas presupuestales que se destinen para el Área Metropolitana en los presupuestos nacionales, departamentales, distritales y municipales.

 

Algunas funciones que asumirían las Áreas Metropolitanas

Formular y adoptar el Plan Integral de Desarrollo Metropolitano: tendrá perspectiva de largo plazo y debe efectuarse en consonancia con los planes nacionales de desarrollo y de las entidades territoriales.

Formular y adoptar el Plan Estratégico Metropolitano de Ordenamiento Territorial: será el marco al cual deberán sujetarse cada uno de los municipios que conforman el área, al adoptar los POT.

Autoridad ambiental: ejercer en la totalidad del territorio de los municipios que la conforman las competencias de autoridad ambiental. Para ello debe formular, adoptar e implementar los planes de protección del medio ambiente, del manejo de cuencas y de la estabilización de taludes.

Transporte público: en el campo del transporte, formular la política de movilidad regional y ejercer la función de autoridad de transporte público en el área (buses, colectivos y taxis). Será la encargada de planear, vigilar y controlar la prestación del servicio de transporte en los municipios.

Obras de infraestructura: ejecutar las obras de carácter metropolitano y, en los casos que sea necesario, emprender las acciones para disponer de los predios necesarios para la ejecución de éstas. De la misma manera, apoyar a los municipios que la conforman en la ejecución de obras para la atención de situaciones de emergencia o calamidad.

Vivienda: coordinar en su respectivo territorio el sistema nacional de vivienda de interés social. Tendrá como función crear y/o participar en la creación de los bancos inmobiliarios para la gestión del suelo en los municipios de su jurisdicción.

Coordinar, racionalizar y gestionar los servicios públicos de carácter metropolitano. Podrá participar en la constitución de entidades públicas, mixtas o privadas destinadas a la prestación de servicios públicos.

 

FUENTE: Vanguardia liberal

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