Se conoce como fuente fija la fuente de emisión situada en un lugar determinado e inamovible, aun cuando la descarga de contaminantes se produzca en forma dispersa (IDEAM, 2014), siendo este contaminante un fenómeno físico, en estado sólido, líquido o gaseoso, causante de efectos adversos en el medio ambiente, a los recursos naturales renovables y a la salud humana que solos o en combinación, o como productos de reacción, se emiten al aire por causa de actividades humanas, de causas naturales, o de una combinación de éstas.
La Autoridad Ambiental Urbana, realiza el seguimiento y control a las fuentes fijas que cuentan con su respectivo permiso de emisiones y aquellas que no lo requieren pero que se encuentran en la obligación de cumplir con las normas ambientales establecidas, con el fin de mitigar el deterioro al medio ambiente.
¿Qué es el Permiso de Emisiones Atmosféricas?
La Autoridad Ambiental competente, concede a una persona natural o jurídica, pública o privada, mediante acto administrativo el permiso de emisiones, para que, dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales respectivas, pueda realizar emisiones al aire. El permiso sólo se otorgará al propietario de la obra, empresa, actividad, industria o establecimiento que origina las emisiones.
Los permisos de emisión por estar relacionados con el ejercicio de actividades restringidas por razones de orden público, no crean derechos adquiridos en cabeza de su respectivo titular, de modo que su modificación o suspensión podrá ser ordenada por las autoridades ambientales competentes cuando surjan circunstancias que alteren sustancialmente aquéllas que fueron tenidas en cuenta para otorgarlo, o que ameriten la declaración de los niveles de prevención, alerta o emergencia.
El permiso puede obtenerse como parte de la licencia ambiental única, o de la licencia global, o de manera separada, en los demás casos previstos por la ley y los reglamentos.
No se requerirá permiso de emisión atmosférica para emisiones que no sean objeto de prohibición o restricción legal o reglamentaria, o de control por las regulaciones ambientales.
Inventario de Emisiones.
El Área Metropolitana de Bucaramanga, en convenio con la Universidad Pontificia Bolivariana de Bucaramanga, durante los años 2017 y 2018 realizaron el Inventario de Emisiones Atmosféricas de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Ministro de Ambiente, y Desarrollo sostenible, con el fin de realizar la Gestión Integral de la Calidad del Aire en el AMB.
EMPRESA | DIRECCIÓN | MUNICIPIO |
Cementerio Central | Calle 45 No 12-08 | Bucaramanga |
Jardines La Colina | Carrera 27 No 45-99 | Bucaramanga |
Harinagro S.A. | Km 6.5 Vía Palenque | Bucaramanga |
Mac Pollo Planta de Harinas | Km 5 Vía anillo Vial | Bucaramanga |
Saceites | Zona Industrial Chimita Km 1 | Girón |
Sebosander S.A | Carrera 3 No 1-49 Bodega 31 | Bucaramanga |
Linco | Carrera 4 N5-04 | Floridablanca |
Finca S.A.S | Km 3 Vía Palenque Café Madrid | Bucaramanga |
Italcol Planta 1 | Km 6 Autopista Vía Girón | Girón |
Italcol Planta 2 | Km 6 Autopista Vía Girón | Girón |
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